lunes, 12 de octubre de 2009

El Paco (Pasta Base de Cocaína)

El Paco es una droga callejera de bajo costo que se elabora a partir de residuos de la cocaína, y es procesada con queroseno y ácido sulfúrico. Ocasionalmente se suele utilizas cloroformo, éter o carbonato de potasio.
La realidad nos indica que la pasta base de cocaína o paco, no es una droga, es aún peor que eso pues es el desecho de una droga.
Surge como residuo de las cocinas o laboratorios en los que se elabora la cocaína, y surge como un resultado de una industria que busca la forma de introducir en el mercado hasta los desechos que ella misma genera.
La sustancia se ha vuelto popular en las villas miserias de Argentina luego del colapso financiero que sufrió este país en el año 2001. Con el fin de la convertibilidad, los traficantes interrumpieron la distribución de marihuana y cocaína para incentivar el consumo de la droga conocida como “basuco”. Los adictos a esta droga son corrientemente denominados como muertos vivos debido a su apariencia física. (Fuente Wikipedia)
Esta droga ataca al “sistema nervioso” con mayor rapidez que otras drogas, pudiendo provocar la muerte cerebral en un corto plazo. Es muy adictivo porque sus efectos son muy intensos, pero también muy breves; pues al fumarse sus resultados aparecen en un lapso de apenas entre 8 y 40 segundos, y se extiende por sólo unos minutos.
Según el Estudio Nacional sobre Consumo de Sustancias Psicoactivas del Sedronar, el consumo de pasta base de cocaína creció en los últimos años en la República Argentina un 200%.
Particularmente es un desecho químico, y su composición hace de que esta droga sea altamente tóxica y adictiva. El Paco está elaborado con residuos de cocaína y procesada con ácido sulfúrico y con queroseno, muchas veces suele utilizarse cloroformo, éter o carbonato de potasio.
El paco provoca degradación progresiva de la piel y debilitamiento muscular, ulceraciones en los labios y la cavidad bucal; el ácido sulfúrico en el compuesto produce enfisema y cáncer pulmonar a mediano plazo. Su consumo durante el embarazo provoca severas mutaciones en el feto.
Es consumida por la vía respiratoria en pipas de origen casero -en la gran mayoría de los casos- o sobre la marihuana en forma de cigarrillo. El uso del “bazuco”, es decir marihuana mezclada con pasta base y consumida como cigarrillo en lugar de pipa, se está haciendo más popular debido a que el efecto de la droga no es tan fuerte y de este modo la convierte en una sustancia intermedia entre el porro y la pasta base en lo que respecta al efecto que la misma produce.
Su costo es muy bajo y en base a este valor poco significativo muchos jóvenes acceden a ella.
No obstante ello el hecho de que es una droga muy tóxica y que genera mucha adicción, hace que sus consumidores terminen gastando sumas por demás significativas por la cantidad de “paco” que requieren.
En Chile y en Argentina, así como en Montevideo, Uruguay se le conoce por el nombre de “Pasta Base”, “Pasta”, “Lata”, “Tumba”, entre otros.
Por lo que vemos el paco no es un fenómeno exclusivo de la Argentina, pues toda América del Sur es su ámbito de influencia. Allí donde llega la cocaína, se encuentra la pasta base.
“La hipótesis más fuerte es que no hay pasta base sin transformación en la industria de la cocaína. No es que los usuarios encontraron una sustancia nueva; no es que un despiadado hizo aparecer la pasta base para matar jóvenes pobres. Cambia la macroeconomía de la cocaína, se produce más en la Argentina y por lo tanto circula más el desecho de la producción.
El Dr. Oscar Ferrara -director del Hospital Rossi de La Plata- ha señalado al Diario Perfil con fecha 4 de enero de 2008, refiriéndose a la Juventud y a las próximas generaciones que en unos años “vamos a tener una serie de discapacitados intelectuales monstruosos”.

Efectos que provoca el consumo del paco
Las etapas por las que transita un consumidor al momento de consumir paco son tres.
Euforia (Primera etapa): Es un estado de excitación psíquica que se acompaña de un alto tono afectivo. El paco produce una disminución de las inhibiciones y una sensación de placer.
Disforia (Segunda etapa): Es un cambio repentino y transitorio del estado de ánimo, como un sentimiento de tristeza, pena, angustia, malestar y acompañado muchas veces por la tristeza, depresión, la melancolía, el pesimismo y la inseguridad; entre otras cosas.
Adicción (Tercera etapa): consumo sin interrupciones, buscando mitigar la sensación de disforia.
Además de las tres etapas precedentemente mencionadas hay otra que es la “Etapa de psicosis y alucinaciones”, en la cual se produce la pérdida de contacto con la realidad, así como también un estado de agitación, agresividad, paranoias, y alucinaciones las cuales pueden prolongarse por varias semanas.

Consecuencias más severas
Dentro de las mismas podemos citar fuertes y prolongados episodios depresivos que llevan a:
-Inquietud, irritabilidad.
-Estado de ánimo triste, ansioso o “vacío” en forma persistente.
-Sentimientos de desesperanza y pesimismo, que en algunos casos se manifiesta en intentos de suicidio.
-Pérdida de interés o placer en pasatiempos y actividades que antes disfrutaban.
- Disminución del deseo sexual.
- Sentimientos de culpa y desamparo.
- Pérdida de peso, apetito o ambos, o por el contrario comer más de la cuenta con el consiguiente aumento de peso.
- Síntomas físicos persistentes que no responden al tratamiento médico, como dolores de cabeza y otros dolores crónicos.
- Disminución de energía, fatiga, agotamiento, sensación de estar “en cámara lenta.”
- Dificultad para concentrarse, recordar y tomar decisiones
- Debido a que ataca prontamente al “sistema nervioso” puede provocar la muerte cerebral. En tal sentido el gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha señalado que el consumo intenso de paco puede producir muerte cerebral en al menos 6 meses.

Síntomas
Durante la euforia, la persona parece atontada, se queda sin habla y se le abren los ojos más de lo normal. Luego de esta euforia pasajera todo lo demás es disforia y adicción o como se dice popularmente “fisura” o estar “doblado”, “quebrado”, la persona se vuelve seria y su único interés es seguir fumando a cualquier costo.

Los consumidores frecuentes de paco, especialmente aquellos con escasos recursos económicos, suelen cometer delitos, prostituirse o vender sus pertenencias -hasta las más básicas- para obtener más de esta droga.
El consumo de paco se realiza a través de pipas caseras (latas agujereadas, antenas de televisión, etc.), donde se mezcla el producto con viruta de metal y ceniza de cigarrillo de tabaco o virulana metálica a modo de filtro.
El adicto al paco puede fumar por día, en promedio, 10 a 15 cigarrillos. El efecto de un cigarrillo de paco dura de dos a cinco minutos.
Sin embargo, el consumo comenzó a diseminarse entre los adolescentes de clase media, quienes pagan un poco mas por un producto más sofisticado.
Si bien el paco es una droga de bajo costo, la adicción que produce y su efecto breve obliga al consumo reiterado por parte del usuario, quien puede fumar una decena o más de cigarrillos de paco por día.
Se estima que en Argentina se consumen 400.000 dosis de paco por día

COCAINA

La cocaína es un poderoso estimulante que se extrae de las hojas del arbusto Erythroxylon coca. Es uno de los estimulantes de origen natural, más antiguos, más potentes y peligrosos.
Tres mil años antes de Cristo, los antiguos Incas y los Mayas de los Andes ya masticaban hojas de coca para acelerar su respiración y de este modo contrarrestar los efectos del aire enrarecido de alta montaña.
Es una droga sumamente adictiva, y sus efectos se perciben en un lapso de 10 segundos y duran alrededor de 20 minutos; actuando directamente sobre los centros cerebrales encargados de las sensaciones del placer.
Puede aspirarse intranasalmente, inyectarse intravenosamente o fumarse. Inyectarse la cocaína por vía intravenosa implica serios riesgos, pues a la acción de la cocaína hay que añadirles los derivados de la inyección de drogas como son: abscesos, enfermedades infecciosas como las hepatitis víricas, infección por el virus del HIV-Sida, entre otros conocidos.
El uso y abuso de drogas ilícitas, incluyendo la cocaína, se han convertido en el principal factor de riesgo de contagio con el virus HIV; a lo cual se le suma el riesgo de contraer la hepatitis C la cual está proliferando vertiginosamente entre los adictos que se inyectan.
No se ha descubierto al día de hoy una vacuna contra el virus de la hepatitis C, y el único tratamiento disponible es costoso, muchas veces infructífero, y con graves efectos colaterales.
Los efectos estipulantes de la cocaína son sumamente potentes y resultan de la acción de esta sustancia sobre el sistema nervioso central. La duración de la euforia inducida por la cocaína depende mucho de la vía por la cual ésta ha sido administrada: Aspirada por la nariz: el efecto es más prolongado y menos intenso. Si es inyectada o fumada: el efecto es más breve e intenso.

Efectos sobre la conducta
Aparecen de forma casi inmediata tras su administración los efectos de la cocaína, y desaparecen después de unos pocos minutos o incluso algunas horas.
La cocaína incrementa la lucidez, la sensación de bienestar y la euforia, aumentando la energía y la actividad motora, la sensación de vigor y la capacidad sexual.
Cuando una persona consume una pequeña dosis de cocaína (hasta 100 mg), experimenta una sensación de euforia, energía, ganas de hablar y estado de alerta.
Otros efectos: – Ansiedad – Paranoia – Inquietud – Disminuye la sensación de hambre y fatiga – Con una dosis excesiva se presentan temblores, convulsiones y una mayor temperatura corporal. – Algunos consumidores señalan que la cocaína los estimula a efectuar tareas físicas e intelectuales más rápidamente, mientras que otros consumidores experimentan un efecto completamente opuesto.
Pueden ocurrir durante una sobredosis de cocaína los siguientes efectos: – Taquicardia – Hipertensión – Infarto al miocardio – Hemorragias cerebrovasculares. Conforme disminuyen los efectos de la droga, el usuario se siente cansado, irritable y levemente deprimido, lo que puede incitar de nuevo al uso de la droga para recuperar la experiencia anterior (O´Brien CP (2001) Drug addiction and drug abuse. En: Goodman and Gilman’s: The pharmacological basis of therapeutics, 10a. ed. Nueva York, EE.UU. McGraw Hill:621–667).

Efectos en el corto plazo
Los efectos fisiológicos de la cocaína a corto plazo incluyen: – Constricción de los vasos sanguíneos – Dilatación de las pupilas – Aumento de la temperatura corporal – Aumento de la frecuencia cardíaca – Aumento de la presión arterial
La cocaína tiene una alta capacidad de producir daños y hasta destrucción celular; sensaciones que resultaban placenteras en sujetos recién iniciados terminan por convertirse en efectos desagradables como agitación, llanto, irritabilidad, alucinaciones que afectan los distintos sentidos, ansiedad, delirio paranoide, amnesia, confusión, fobias o terror desmedido, depresión grave, así como también en los casos más graves tendencia al suicidio.

Efectos por uso prolongado – Déficit cognitivo – Anormalidades en la tomografía TEP (Tomografía de emisión de positrones) de la corteza orbitofrontal – Disminución de la función motora – Menores tiempos de reacción – Anormalidades EEG (Electroencefalograma) – Isquemia, infartos y hemorragias cerebrales. (“Neurociencia del consumo y dependencia de sustancias psicoactivas”; Washington, D.C: OPS, © 2005. Edición original en inglés: “Neuroscience of psychoactive substance use and dependence”; © World Health Organization, 2004 Biblioteca Sede OPS – Catalogación en la fuente Organización Mundial de la Salud).
Los efectos de la cocaína pueden ser más intensos cuando se consumen dosis más elevadas, pero también pueden desencadenarse comportamientos extraños y violentos, tales como: – Temblor – Vértigo – Ideas paranoides (como pensar que otras personas quieren causarnos daño) – Otros problemas psiquiátricos
El consumo de cocaína puede provocar también complicaciones cardiovasculares graves capaces de conducir a una hemorragia cerebral o un paro cardíaco. Persistencia en los problemas asociados al consumo de cocaína
Los estudios clínicos y preclínicos han proporcionado convincentes evidencias de problemas neurológicos y psiquiátricos persistentes, junto con una posible degeneración neuronal, asociados con el uso crónico de cocaína y otros estimulantes.
Dichos problemas comprenden isquemia cerebral global y multifocal, hemorragias cerebrales, infartos, neuropatía óptica, atrofia cerebral, trastornos cognitivos y de desórdenes en el movimiento, así como en estados de ánimo, los cuales pueden incluir un amplio espectro de déficit en la cognición, motivación y reflexión, desinhibición conductual, déficit de la atención, inestabilidad emocional, impulsividad, agresividad, depresión, anhedonia y alteraciones persistentes del movimiento.
Los problemas neuropsiquiátricos asociados con el uso de estimulantes pueden contribuir a la alta tasa de recaídas en individuos, mismas que pueden ocurrir tras años de abstinencia.
Los efectos de muchas sustancias psicoactivas pueden producir síndromes cuasi-psiquiátricos. Por ejemplo, las anfetaminas y la cocaína pueden inducir síntomas similares a la psicosis, y algunas drogas pueden producir alucinaciones, que son un aspecto de algunas psicosis. Además, las sustancias psicoactivas alteran los estados de ánimo, produciendo euforia y sensación de bienestar, o inducen depresión, especialmente durante la abstinencia de la sustancia. (“Neurociencia del consumo y dependencia de sustancias psicoactivas”; Washington, D.C: OPS, © 2005. Edición original en inglés: “Neuroscience of psychoactive substance use and dependence”; © World Health Organization, 2004 Biblioteca Sede OPS – Catalogación en la fuente Organización Mundial de la Salud).

Consumo habitual de cocaína
La cocaína es una sustancia muy adictiva; por esta razón, algunos consumidores de cocaína pueden volverse incapaces de controlar su consumo y llegar a consumir cantidades muy superiores a las que habían previsto y a invertir enormes cantidades de dinero en la adquisición de cocaína.
El consumo continuado de cocaína -al igual que sucede con otras drogas- implica un proceso de tolerancia que hace que cada vez haya que consumir dosis más elevadas para experimentar similares efectos.
Los sujetos severamente intoxicados con alcohol y cocaína, por ejemplo, padecen problemas similares a los de un psicótico agudo.
Cada vez es mayor el número de consumidores de cocaína que padecen problemas derivados del uso de esta sustancia.
Debido a la gravedad de las consecuencias que provoca en la salud de los consumidores de cocaína, éstos suelen ser atendidos por distintas complicaciones (enfermedades cardiovasculares y respiratorias, alteraciones psiquiátricas, etc.) por los servicios de urgencia de los hospitales.

Mujeres embarazadas Numerosos estudios han mostrado que la cocaína aumenta el riesgo de aborto espontáneo.
El uso de cocaína es altamente susceptible de producir daños irreparables en recién nacidos, cuyas madres mantuvieron su adicción durante el embarazo.
Los bebés hijos de madres que consumen cocaína durante el embarazo nacen a menudo prematuramente, con un peso, perímetro craneal y estatura bajos.
La exposición a la cocaína durante el desarrollo fetal puede provocar retrasos y otras deficiencias mentales, como así también imposibilidad de mantener la atención y la concentración por períodos de tiempo mínimos como para permitir el aprendizaje.
Resulta especialmente importante que las mujeres embarazadas, o que sospechan que podrían estar embarazadas, se abstengan completamente de consumir cocaína y otras drogas, incluyendo las bebidas alcohólicas y el tabaco.

La cocaína y el alcohol
Hay personas que consumen cocaína y bebidas alcohólicas al mismo tiempo. El consumo de bebidas alcohólicas provoca una serie de trastornos que interfieren con el rendimiento psicomotor, dificultando la capacidad para realizar actividades complejas, como conducir un vehículo.
Hay quien piensa que tomando cocaína pueden evitarse algunas de las alteraciones que provoca el consumo de bebidas alcohólicas.
Diversos estudios han demostrado que el consumo de cocaína reduce la percepción subjetiva de los efectos de la intoxicación alcohólica, pero no corrige los efectos negativos del alcohol sobre las capacidades psicomotoras: Se ha podido comprobar que cuando se consume cocaína y alcohol, se produce en el hígado un compuesto -conocido como cocaetileno- que intensifica los efectos adictivos y tóxicos de la cocaína.
De este modo, cuando se consume alcohol y cocaína, los riesgos superan a los de cada una de estas sustancias por separado.

Hacia una nueva ley de Drogas en la Argentina

El día posterior al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el Gobierno ya comenzaron a delinear la estrategia para enviar al Congreso el proyecto de la nueva ley de estupefacientes.
A tal efecto el Comité Científico asesor en materia de drogas ya tiene elaborados bocetos del anteproyecto que llegaría a las cámaras con la intención de que sea aprobado antes de fin de año.
Dicha urgencia encuentra su motivación en el reciente fallo favorable pronunciado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el cual se deja sin efecto la criminalización de la tenencia de drogas para consumo personal y se declara inconstitucional un artículo de la actual ley de drogas que va en contra de la privacidad individual.
El Jefe de Gabinete de Ministros, el Dr. Aníbal Fernández, recibió el 1° de septiembre del corriente año al comité científico que asesora al Gobierno en el tema de control de tráfico de drogas.
Al encuentro, que se llevó a cabo luego de la decisión adoptada por nuestro máximo tribunal, asistieron especialistas, como la fiscal Mónica Cuñarro.
En dicho encuentro entregaron los anteproyectos de ley referidos a la atención médica integral de los adictos.
Estas iniciativas también hacen énfasis en la persecución del tráfico ilegal de estupefacientes, otro de los puntos remarcados en los fundamentos del fallo
La idea del Gobierno pasa porque los legisladores traten el tema antes de diciembre, fecha en que cambiarán las mayorías en el Congreso.
En un comunicado difundido por la jefatura de Ministros, el Gobierno destacó en los anteproyectos del Comité Científico “se pone énfasis en reforzar la persecución del tráfico ilegal de estupefacientes y de las redes de comercialización, el control de precursores químicos, del paco y de los movimientos de fondos y bienes ilícitos derivados del narcotráfico como parte de la política criminal”.
Asimismo adelantó que “esa legislación penal contendrá más o menos las normativas que acaba de llevar a la Corte Suprema de Justicia a la práctica”.
No obstante, una alta fuente del Comité Científico asesor en materia de drogas tuvo más cautela al señalar que el anteproyecto de reforma a la ley 23.737 llevará un tiempo, y se debe leer el fallo y terminar otros anteproyectos más urgentes relacionados a políticas de salud para los adictos.
Junto a los anteproyectos -sin precisión de cuántos fueron- el Comité Científico entregó al jefe de Gabinete “un cronograma de actividades, para articular las diferentes áreas del Estado, tanto nacional, provincial como municipal, con el fin de conformar una política de drogas nacional, con objetivos en materia educativa, preventiva, sanitaria y laboral”

Consumo de Drogas (Primera Parte)

El tema del consumo de drogas es complejo. ¿cómo se ha abordado tradicionalmente el problema? Se considera que el consumo de fármacos tiene que ver con falta de información sobre sus efectos y sobre la variedad de sustancias, “Con frecuencia se observa que gran parte de la acción preventiva en farmacodependencia se centra en información sobre las sustancias y su modo de actuar sobre el sistema nervioso central, o en testimonios vivenciales del adicto que buscan conmover la sensibilidad del auditorio para crear conciencia sobre la magnitud del problema a enfrentar.” El problema aquí parece ser que quien consume no sabe lo que le espera, pues la droga es un tema que se mueve en un ámbito oscuro de muerte. En este contexto parece fácil considerar el problema en términos de enfermedad y abandonarse a lo que los especialistas decidan. Es aquí donde aparece el término prevención. Término traído del discurso médico que pretende evitar que la enfermedad ocurra.
Sin embargo, es difícil al hablar de consumo no utilizar el término prevención. ¿En qué sentido se habla aquí de prevención? ” la prevención integral se entiende como una práctica social encaminada a reducir y evitar los factores de riesgo, fortaleciendo la capacidad de respuesta y autonomía de individuos y comunidades, con el fin de ampliar el rango de seguridad en su desarrollo, alejando los limites a partir de los cuales la alteración comienza a convertirse en amenaza. Prevenir es, ante todo, ayudar a mejorar la capacidad de grupos y comunidades para movilizar redes de solidaridad, para diseñar y construir de manera conjunta su futuro, fortaleciendo los valores ciudadanos, la identidad cultural y los recursos para el manejo del conflicto”.
Estas son dos precisiones que consideramos importantes por formar parte del discurso tradicional sobre la prevención y consumo de alcohol y sustancias.

JUSTIFICACIÓN
Tenemos al menos dos razones por las cuales se quiere hacer esta propuesta:
Primero, una cierta concepción sobre el problema de la droga del que nos queremos separar y segundo, reconocer la dificultad de la escuela y en general del establecimiento para atender y manejar el problema.
El consumo de drogas y alucinógenos hace parte de la historia de cultura de la humanidad. Por mucho tiempo occidente consideró que el consumo era una enfermedad, un problema del individuo que sufría una enfermada que no le permitía dejar la droga y construir una vida distinta. Hasta este momento el consumo era visto como problema individual, luego, de los años 60, en Francia se inicia un movimiento de análisis institucional que pretende sacar la enfermedad del individuo y considerar que cosas como la locura o el consumo son más bien un síntoma social. El adicto no es un enfermo, es más bien producto de la forma en la que construimos nuestra vida. Sobre esto Luis Carlos Restrepo escribe: “No es correcto que se quiera presentar la fármaco dependencia como una simple enfermedad, con historia natural que la reduce a la perspectiva etiopatológica, cual si se tratara de un proceso canceroso, una enfermedad infecciosa o una crisis hipertensiva… Desde esta perspectiva, lo que se logra, a fin de cuentas, es reforzar el poder de supervisión del médico o del profesional especializado sobre la intimidad de las personas, desculturizando el problema de las drogas en nombre de la objetividad y la naturalidad científica. Y sobre una perspectiva distinta agrega: “La fármaco dependencia es un típico fenómeno de la cultura occidental que se acrecienta con el consumismo y el imperio de la razón instrumental… El asunto de la droga pone en juego y en cuestión un complejo mecanismo que da soporte a la educación de la voluntad, a las técnicas de dominio de sí, generándose una confrontación que bordea los límites de nuestra cultura.”
Es en este contexto que formulamos nuestra propuesta que se inscribe en el plano de la vida, que se describe en términos de movimiento y tiene que ver con una propuesta de animación y organización.
Por otra parte, el tema de la prevención y el consumo de drogas al interior de las instituciones es complejo. Aunque se han montado muchos experimentos encaminados al manejo del consumo y a la prevención, el problema es aun difícil y oscuro. Frente e esto, pensamos que la misma escuela tiene grandes dificultades para asumir un trabajo en este sentido, y consideramos que la intervención de un tercero podría ayudar mucho. Queremos ser este tercero que interviene para ayudar a los jóvenes en alto riesgo y atender aquellos casos de consumo ocasional.

Wilson Ortiz
(Prevides – Colombia)

Lo que preocupa a los padres

Frente a una investigación encargada a Ipsos Mora y Araujo, que entrevistó a 1.200 padres y madres en todo el país a pedido de la Fundación Proyecto Padres, se ha arribado a la conclusión que la inseguridad en la calle y las adicciones son las dos mayores preocupaciones de los padres que tienen hijos adolescentes.
Una de las consultas a los padres consistió en determinar si ellos mismos pueden generar en la comunidad cambios relativos al desarrollo, esparcimiento y cuidado de sus hijos. La mayoría de los encuestados dijo que sí, no obstante lo cual la mayoría también pidió que los cambios vengan del Estado
Respecto a sus preocupaciones, el 86 por ciento de los encuestados coincidió en que los temas primordiales en la actualidad son la seguridad en la calle y las adicciones, es decir, el consumo de drogas y alcohol.
Según Adrián Dall’Asta, director ejecutivo de la Fundación Proyecto Padres, los resultados son los esperados, y lo que resulta sorprendente es que si bien la mayoría siente que puede ser agente de cambio, que puede hacer algo por su comunidad, admiten por otro lado que no hacen nada y que debería ser el Estado el que resuelva esta acuciante problemática. Los padres están preocupados, pero lo que piden es que las cosas las arregle otro.
El psicoanalista Enrique Novelli, miembro titular de Asociación Psicoanalítica Argentina (APA), sostuvo que “no hay padre en esta época que no tenga cierto temor por el contexto de inseguridad y violencia en el que se vive. Esto en realidad es saludable, porque si no tuviera ningún temor, el padre estaría fuera de contexto. El tema -enfatiza- es que el temor no lleve a que el chico viva encerrado, en una burbuja, sin hacer nada”.
“Lo que deben hacer los padres es hablar mucho y mostrarles a los hijos cuáles son los lugares de peligro, las situaciones complicadas. El problema es que como las generaciones cambian cada vez con mayor velocidad, a veces los padres se sienten muy lejos de sus hijos, por eso es que deben conversar mucho, para aggiornarse y tratar de comprenderlos. Los padres deben ser capaces de poner límites firmes y claros, pero no autoritarios”, agrega Novelli.
La totalidad de los expertos coinciden en lo mismo: los padres recién se movilizan ante la desgracia, cuando lo peor ya pasó.
Stella Maris Gulian, psicoanalista y supervisora del Equipo de Niños y Adolescentes del Centro Dos acertadamente señala que “muchos padres están preocupados pero no saben qué hacer. Se movilizan cuando ya pasó, y lo importante es hacer prevención”.
¿Cómo? Con cariño y contención. Con cuidados. Con palabras. Con mucho diálogo.
Como siempre los extremos son malos, tanto el exceso de protección como desentenderse por completo de los hijos adolescentes implican un riesgo para ellos y en definitiva para su núcleo familiar.
Bregamos por una mayor información para que los padres puedan hablar con conocimientos sólidos acerca de la problemática de las adicciones y los riesgos extremos que ellas implican. Lamentablemente dicha información está ausente o muy dispersa, y en tal sentido considero que el estado, el sector educativo y las ONG’s deben ser los principales responsables en proveer de estos conocimientos a la comunidad toda.

Control de Estupefacientes (Decreto 1359/2009)

Créase la Comisión Nacional Coordinadora de Políticas Públicas en Materia de Prevención y Control del Tráfico Ilícito de Estupefacientes, la Delincuencia Organizada Transnacional y la Corrupción.

Bs. As., 30/9/2009

VISTO el Expediente Nº 4444/2009 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones, el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009 aprobado por la Ley Nº 26.422 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 del 9 de enero de 2009, las Leyes Nros. 25.632, 26.097, 24.072 y la Resolución Nº 433 del 28 de febrero de 2008 del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, y
CONSIDERANDO:

Que la REPUBLICA ARGENTINA, mediante la reforma de la CONSTITUCION NACIONAL del año 1994, ha incorporado la jerarquía supralegal de los tratados y concordatos, conforme el Artículo 75 inciso 22, asumiendo compromisos internacionales en particular la CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA EL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTROPICAS, aprobada en la ciudad de Viena, REPUBLICA DE AUSTRIA y ratificada por la Ley Nº 24.072, la CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL, ratificada por Ley Nº 25.632 y la CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCION, adoptada en la ciudad de Nueva York, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y ratificada por Ley Nº 26.097.

Que dentro de este esquema y a nivel regional ocupan un lugar relevante dentro de las políticas públicas la coordinación y armonización normativa conforme lo establece el Artículo 1 “in fine” del TRATADO DE ASUNCION suscripto el 26 de marzo de 1991, en el establecimiento y consolidación de las políticas criminales comunes que permitan diseñar estrategias eficaces en la lucha contra el delito local y transnacional dentro del marco del respeto al Estado de Derecho.

Que dichos instrumentos internacionales imponen compromisos al Estado argentino, el que a fin de cumplir con sus obligaciones legales requiere de herramientas idóneas para responder a las crecientes demandas de nuestras sociedades que reclaman por mejores políticas coordinadas, sean éstas estatales, intergubernamentales o regionales, para lo que se requiere un abordaje integral que revise y estudie toda la reglamentación vigente en lo que respecta a la delincuencia organizada transnacional, el lavado de activos, la corrupción y el tráfico ilícito de estupefacientes, desde una perspectiva interdisciplinaria que posibilite la reforma y actualización legislativa en la materia.

Que la extensión del territorio común y el carácter complejo de la organización política y normativas adoptadas por cada administración, aconsejan el estudio de lineamientos comunes, como el establecimiento de políticas públicas coordinadas entre las diferentes áreas de la Administración Pública Nacional, y Regional para que con la participación de todos ellos conforme surge de diversos documentos y dictámenes elaborados por el COMITE CIENTIFICO ASESOR EN MATERIA DE CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, SUSTANCIAS PSICOTROPICAS Y CRIMINALIDAD COMPLEJA creado por la Resolución Nº 433 del 28 de febrero de 2008 del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, se arribe al diseño de políticas y estrategias que den respuestas a esta compleja problemática.

Que a tales fines, el Jefe de Gabinete de Ministros tiene a su cargo, de acuerdo a las competencias que le otorga la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones ejercer la administración general del país y asistir al PRESIDENTE DE LA NACION en la conducción política de dicha administración, coordinar y controlar las actividades de los Ministerios y, de las distintas áreas a su cargo realizando su programación y control estratégico, a fin de obtener coherencia en el accionar de la administración e incrementar su eficacia; entender en el perfeccionamiento de la organización y funcionamiento de la Administración Pública Nacional, procurando optimizar y coordinar los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros con que cuenta y en la aplicación de los tratados internacionales relacionados con los temas de su competencia.

Que a fin de posibilitar el cumplimiento de tales objetivos resulta oportuna y conveniente la creación, en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de la COMISION NACIONAL COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL Y LA CORRUPCION, con el fin de fortalecer la intervención pública en la materia, su coordinación y la cooperación entre todas las áreas de la Administración Pública Nacional, como así también convocar a representantes de los Gobiernos Provinciales y a expertos nacionales e internacionales a integrarse al mismo.

Que en consecuencia resulta conveniente crear un CONSEJO ASESOR a la citada Comisión Nacional, con el fin de asistirla en los temas de su incumbencia, el que estará conformado por los integrantes del ex COMITE CIENTIFICO ASESOR EN MATERIA DE CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, SUSTANCIAS PSICOTROPICAS Y CRIMINALIDAD COMPLEJA creado por la Resolución 433/08 del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS e integrado por magistrados, profesores nacionales concursados en materia penal, y prestigiosas personalidades de reconocida trayectoria en la materia, los que actuarán con carácter ad-honorem.

Que resulta conveniente crear, con dependencia directa del Jefe de Gabinete de Ministros, el cargo extraescalafonario de SECRETARIO EJECUTIVO con rango y jerarquía de Secretario de Estado y el cargo extraescalafonario de COORDINADOR TECNICO, el que tendrá rango y jerarquía de Director General con una remuneración equivalente a un cargo Nivel A – Grado 0 Función Ejecutiva I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, en el ámbito de la mencionada Comisión Nacional.

Que para ello, y en virtud de lo establecido por el Artículo 6º de la Ley Nº 26.422, resulta menester efectuar una compensación de cargos.

Que, asimismo, el Artículo 7º de dicha ley dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional.

Que la señora Da. Mónica Lilian CUÑARRO (M.I. Nº 16.788.553) reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para cubrir el Cargo de Secretario Ejecutivo de la COMISION NACIONAL COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL Y LA CORRUPCION.

Que el señor D. Alberto Eduardo Santiago CALABRESE (M.I. Nº 7.549.229) reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para cubrir el Cargo de Coordinador Técnico de la COMISION NACIONAL COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL Y LA CORRUPCION.

Que han tomado la intervención de su competencia la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Arts. 6º, 7º y 10 de la Ley Nº 26.422 y el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Créase en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la COMISION NACIONAL COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL Y LA CORRUPCION, con el objeto de elaborar y proponer políticas públicas nacionales y regionales en materia de lucha contra la delincuencia organizada transnacional, el lavado de activos, la corrupción y el tráfico ilícito de estupefacientes, conforme las Leyes Nros. 25.632, 26.097 y 24.072, estableciendo espacios institucionales interministeriales, intergubernamentales e interregionales asesorando en todos los aspectos al Jefe de Gabinete de Ministros, a fin de coordinar un accionar conjunto para la optimización de las políticas públicas.

Art. 2º — Créanse en el ámbito de la COMISION NACIONAL COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL Y LA CORRUPCION los cargos extraescalafonarios de Secretario Ejecutivo, el que tendrá rango y jerarquía de Secretario de Estado, y de Coordinador Técnico, con rango y jerarquía de Director General con una remuneración equivalente a un cargo Nivel A – Grado 0 Función Ejecutiva I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.

Art. 3º — La COMISION NACIONAL COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL Y LA CORRUPCION tendrá los siguientes objetivos:

a) Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros para la necesaria implementación de los mecanismos normativos que profundicen la lucha contra la corrupción, mejoren el control del lavado producto de la delincuencia organizada transnacional, conforme instrumentos internacionales y las Leyes Nros. 25.632, 26.097 y 24.072, de conformidad a la CONSTITUCION NACIONAL, en cuanto a analizar y estudiar la normativa penal, procesal penal, de ejecución, cooperación penal internacional, y organización de los tribunales penales y del MERCOSUR a efectos de trabajar en un plan de trabajo y armonización legislativa.

b) Identificar organismos estatales, privados o de la sociedad civil, que aborden la temática, con los consiguientes anteproyectos normativos, objetivos, competencia, tipo y modo de reforma y plazos de ejecución a llevarse a cabo por las diversas áreas competentes para el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles.

c) Estudiar los lineamientos y diseñar diversos planes en materia de Prevención y Coordinación del Control de la Delincuencia Organizada Transnacional, Corrupción y el Tráfico Ilícito de Estupefacientes, que comprenda cada sector competente de la Administración Pública Nacional, desde una perspectiva interdisciplinaria, tendiente a coordinar una política criminal común a nivel nacional y en la región.

d) Estudiar la coordinación de las políticas criminales, conforme los compromisos internacionales asumidos en materia de cooperación penal internacional en la materia.

e) Realizar periódicamente informes, estudios y proponer modelos de capacitación específicos para los sectores intervinientes que permita elevar los niveles de compromisos internacionales y nacionales asumidos por el Estado argentino, así como a especialistas de los restantes países miembros del MERCOSUR.

f) Estudiar un protocolo regional, tendiente a coordinar entre los países miembros del MERCOSUR, un régimen común sobre el producto de la delincuencia transnacional y organizada, la incautación de bienes producto de la delincuencia compleja, la criminalidad organizada, el narcotráfico y el lavado de dinero.

g) Definir las debilidades y fortalezas de los organismos estatales o privados intervinientes y asesorar a su respecto, respetando los recursos disponibles, conforme los compromisos asumidos.

h) Asesorar en el diseño de una reforma legislativa de delitos que atentan contra el orden socioeconómico del ESTADO NACIONAL.

i) Realizar estudios empíricos sobre el funcionamiento de los actores estatales y privados en materia de prevención del lavado de activos, y producto de la delincuencia organizada, que permitan obtener insumos al Estado a fin de mejorar la política criminal al respecto.

g) Estudiar y proponer mecanismos procesales y técnicas de investigación complejas para mejorar la investigación de los delitos provenientes de la delincuencia económica compleja, narcotráfico, delincuencia organizada y corrupción como herramienta eficaz para la recuperación de activos, como de técnicas de investigación complejas e integrarlas a una reforma legal específica.

Art. 4º — Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional — Recursos Humanos — en la parte correspondiente a la Jurisdicción 25 -JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para el Ejercicio 2009, de acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo.

Art. 5º — Apruébanse las funciones del Secretario Ejecutivo y del Coordinador Técnico de la COMISION NACIONAL COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL Y LA CORRUPCION las que como Anexo I forman parte integrante del presente decreto.

Art. 6º — Desígnase Secretaria Ejecutiva de la COMISION NACIONAL COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL Y LA CORRUPCION dependiente del Jefe de Gabinete de Ministros, a la Doctora Mónica Lilian CUÑARRO (M.I. Nº 16.788.553), como excepción a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.422.

Art. 7º — Desígnase Coordinador Técnico de la COMISION NACIONAL COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL Y LA CORRUPCION dependiente del Jefe de Gabinete de Ministros, al Licenciado Alberto Eduardo Santiago CALABRESE (M.I. Nº 7.594.229), como excepción a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.422.

Art. 8º — La Comisión Nacional que se crea por el presente contará para su mejor funcionamiento con un CONSEJO ASESOR con el fin de asistirla en los temas de su incumbencia, el que estará conformado por los integrantes del ex COMITE CIENTIFICO ASESOR EN MATERIA DE CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, SUSTANCIAS PSICOTROPICAS Y CRIMINALIDAD COMPLEJA, creado por la Resolución Nº 433/08 del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS e integrado por magistrados, profesores nacionales concursados en materia penal, y prestigiosas personalidades de reconocida trayectoria en la materia. El desempeño de los integrantes del CONSEJO ASESOR será ad – honorem.

Art. 9º — La COMISION NACIONAL COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL Y LA CORRUPCION podrá solicitar a los distintos niveles de gobierno, al sector privado, a las asociaciones civiles y/o de especialistas, nacionales e internacionales, su participación para asesorar y analizar los aspectos normativos, sanitarios, educativos y de investigación vinculados con las materias de su competencia.

Art. 10. — Derógase la Resolución Nº 433 del 28 de febrero de 2008 del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 11. — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 25 – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 12. — Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros para dictar las normas aclaratorias y/o complementarias del presente decreto.

Art. 13. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou. — Julio C. Alak.

ANEXO I
COMISION NACIONAL COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL Y LA CORRUPCION
SECRETARIO EJECUTIVO
FUNCIONES
1. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros, en todas las actividades que éste le encomendare a fin de cumplir con los objetivos señalados en el Artículo 3º del presente decreto.

2. Elaborar y proponer la realización de relevamientos sobre los distintos programas que sobre la temática se desarrollan en el ámbito público, privado y no gubernamental a nivel nacional y del MERCOSUR.

3. Elaborar y proponer las bases para la formulación del plan estratégico nacional en materia de prevención y coordinación del control de la delincuencia organizada transnacional, la corrupción y el tráfico ilícito de estupefacientes.

4. Recabar y analizar acciones llevadas a cabo por otros países con problemáticas similares.

5. Invitar a expertos nacionales e internacionales a asesorar a la Comisión Nacional.

6. Convocar a organizaciones del sector no gubernamental y privado para debatir cada uno de los temas específicos, conformando subcomisiones de trabajo.

7. Proponer modificaciones normativas en base al trabajo conjunto de los organismos involucrados y la participación y asesoramiento de expertos.

8. Proponer la construcción de alianzas estratégicas que permitan un adecuado desarrollo de los cometidos de la COMISION NACIONAL COORDINADORA DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL Y LA CORRUPCION.

COORDINADOR TECNICO
FUNCIONES
1. Asistir al Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional, en todas las actividades que éste le encomendare a fin de cumplir con los objetivos asignados al Consejo Asesor creado por el Artículo 10 del presente decreto.

2. Reemplazar al Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional cuando éste así lo determine.

3. Asistir al Secretario Ejecutivo en la identificación y convocatoria de expertos en el tema.

4. Coordinar desde el punto de vista técnico la elaboración de propuestas normativas, conciliando los distintos proyectos que se presenten sobre cada tema.